sábado, 21 de julio de 2012

INCOTERMS

Los INCOTERMS (según su acrónimo del inglés international commercial terms) o Términos de Comercio Internacional, se han convertido en un concepto escencial en el lenguaje de comercio a nivel mundial, fueron creados por la CCI (Cámara de Comercio Internacional) en 1936. Sus precursores fueron creados en 1923, cuando un comité de términos comerciales en conjunto con la ICC desarrollaron los primeros seis INCOTERMS: FOB, FAS, FOT, FOR, Free Delivered CIF y C&F,.la última versión y aun vigente, es la del 2010.

Son un conjunto de términos que establece obligaciones del comprador y del vendedor en el comercio internacional. Su objetivo fundamental consiste en definir criterios sobre la distribución de los gastos y la transmisión de los riesgos entre ambas partes en un contrato de compraventa internacional. 

No obstante, en las modificaciones del 2010 se estable el uso de estos al comercio nacional, esto se justifica debido a las zonas de integración económica, como es el caso de la Unión Europea donde puede llegar a considerarse mercado “nacional” porque han suprimido sus aduanas.

Buscan informar las distintas interpretaciones y costumbres dadas de país a país en lo relacionado al comercio internacional, evitan malos entendidos que ocasionan perdidas de dinero, tiempo y negocios; si bien no son de carácter obligatorio, pero en el momento de ser pactado uno en el contrato de compra-venta, es una obligación cumplirlo y su incumplimiento puede contraer una demanda. Quien regula el INCOTERM a utilizar es el comprador.

Son aplicables únicamente a la compraventa de mercadería, y no en la de servicios ya que no necesitan de logística debido a su intangibilidad.

¿Qué regulan los INCOTERMS?
1.     Lugar de entrega de la mercadería, que es el lugar donde el vendedor esta obligado a entregar y el comprador a recibir la mercancía.
2.  El punto de transferencia del riesgo del vendedor al comprador. El lugar donde se entrega la mercancía, determina también los limites de las obligaciones de cada parte.
3.       Los costos asignados a cada parte, aquí se contemplan la contratación de transporte y seguros.
4.       Documentación asignada a cada parte.

Los INCOTERMS se clasifican en cuatro categorías según , las cuales son: E, F, C, D.

Término en E
EXW (Ex works) 
El vendedor cumple con sus obligaciones al poner en su fábrica, taller, máquila, etc, la mercancía a disposición del comprador.  

Términos en F
 FCA (franco transportista), FAS (Libre al costado del buque) y FOB (Free on board, libre a bordo)

El vendedor entrega la mercadería a un intermediario subcontratado por el comprador, que es el servicio de transporte.

Términos en C
CFR (Costo y flete), CIF (Costo, seguro y flete), CPT (Transporte pagado hasta) y CIP (Transporte y seguro pagado hasta)

En esta clasificación se contemplan aquellos INCOTERMS donde es el vendedor quien contrata el transporte, pero sin asumir los riesgos de pérdida o daño, ni los costos adicionales por incidentes posteriores a la carga y despacho, lo que es una entrega indirecta con pago de transporte principal.

Términos en D:
DAT (entrega en terminal) , DAP(entregado en el lugar) y DDP (entrega derechos pagados)

En este caso es el vendedor quien contrae todos los gastos y riesgos necesarios para hacer llegar la mercancía hasta el país de destino; a esto se le llama entrega directa a  la llegada. En este momento los costos y riesgos son transmitidos al comprador como en las categorías E y F.

Te invitamos a que visites el siguiente enlace para mayor profundización:

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